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Habilitación de prestadores de servicios de salud que se encuentran inactivos en la base de datos del registro especial de prestadores

Según el decreto 1011 de 2006 por el cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en elartículo 14, Término de vigencia de la inscripción en el registro especial de prestadores de servicios de salud:“La inscripción de cada prestador en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud, tendrá un término de vigencia de cuatro (4) años, contados a partir de la fecha de su radicación ante la Entidad Departamental o Distrital de Salud correspondiente.”

Los prestadores de servicios de salud que inicien su funcionamiento o realicen una nueva inscripción producto de la inactivación en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), deberán efectuar el siguiente procedimiento de inscripción:

    1. Consultar si requiere realizar la inscripción. Para prestadores inactivos por vencimiento de la vigencia. Puede consultar escribiendo al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

    2. Realizar la autoevaluación. Los prestadores deberán dar cumplimiento a las condiciones definidas en el Manual de Habilitación de Prestadores de Servicios de Salud (Resolución 1441 de 2013). La autoevaluación le permitirá verificarsi cumple las condiciones exigidas.
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    3. Diligenciar el formulario de inscripción. Solo si usted cumple con todas las condiciones del instrumento de autoevaluación que aplican para la prestación de sus servicios, ingrese al formulario de inscripción. | pdf Descargar Documento (407 KB)

    4. Entregar documentos para la habilitación. Una vez diligenciado el formulario, debe imprimirlo y radicarloen la Oficina de Habilitación de la Secretaría Seccional de Salud (Calle 42B No. 52-106, Edificio Gobernación de Antioquia, oficina 808)junto a los soportes definidos para cada prestador, así:

    a)  Profesionales independientes y entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud:
  •         2 ejemplares del formulario de inscripción en el registro especial de prestadores de servicios de salud (REPS), debidamente diligenciados y firmados.
  •         Copia del documento de identificación.
  •         Copia en medio físico o digital de la autoevaluación diligenciada, según estándares de habilitación (Resolución 1441/2013).
  •         Copia del diploma de profesional y de especialista (cuando aplique) con la convalidación si realizó estudios en el exterior.
  •         Tarjeta profesional.

    b) Instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS):
  •         2 ejemplares del formulario de inscripción en el registro especial de prestadores de servicios de salud (REPS), debidamente diligenciados y firmados.
  •         Copia en medio físico o digital de la autoevaluación diligenciada, según estándares de habilitación (Resolución 1441/2013).
  •         Certificado de existencia y representación legal de la institución y registro mercantil del establecimiento de comercio, según aplique.Para las entidades privadas con ánimo de lucro, fotocopia del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio. Para las instituciones públicas o para las fundaciones o instituciones de utilidad común sin ánimo de lucro, copia del acto administrativo de creación expedido por la autoridad competente.
  •         Copia del documento de identificación del representante legal.
  •         Certificación de suficiencia patrimonial y financiera, emitida por el revisor fiscal y/o contador, según aplique.
  •         Copia de tarjeta profesional del contador y/o revisor riscal, según aplique.
  •         Copia del NIT.
  •         Si la IPS declara servicio de traslado asistencial de pacientes (ambulancias), además debe anexar copia de la tarjeta de propiedad de los vehículos y de la revisión técnico-mecánica. Si el modelo del vehículo es del año vigente no requiere presentar la revisión técnico-mecánica. El período de vigencia o de validez de la revisión técnico-mecánica para ambulancias es de un año.
  •         Si la IPS declara servicio de radiología e imágenes diagnósticas o de toma e interpretación de radiologías odontológicas, debe anexar la copia de la licencia de funcionamiento vigente de los equipos que se encuentren en el servicio. No es válido el radicado del trámite de solicitud de la licencia para la inscripción o novedad de este servicio, siempre debe tener licencia vigente.
Para servicios prestadores (institución remisora):

  •     2 formularios en físico de Inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), debidamente diligenciado especificando los servicios que prestará con el apoyo de la Telemedicina.
  •     Copia del contrato o convenio con el Centro de Referencia, debidamente inscrito en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), con una relación detallada de los servicios asistenciales que el Centro de Referencia le garantizará al prestador remisor.
  •     Certificación de conexión a internet que soporte el servicio.

Para servicios prestadores (centros de referencia):

  •     2 Originales en físico del formulario completo de Inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) especificando en ambos casos los servicios que ofrecerá al (los) Prestador(es) Remisor(es) bajo la modalidad de Telemedicina.
Horario de atención de la Oficina de Habilitación de la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social: de lunes a viernes de 8 a.m. a 11a.m. y de 1:30p.m. a 4p.m.
El proceso de habilitación se completa únicamente después de seguir todos los pasos indicados. Si el prestador no entrega el formulario y los documentos anexosen la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social, nose considerará habilitado y nopodrá ofertar ni prestar los servicios declarados.
 
Los profesionales independientes o las instituciones que tengan distintivos de habilitación pero actualmente no prestan los servicios que les fueron habilitados, deben devolverlosanexos a un oficio radicado en la Oficina de Habilitación de la Secretaría Seccional de Salud (Calle 42B No. 52-106, Edificio Gobernación de Antioquia, oficina 808).
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Horario: de lunes a jueves de 7:30 a. m. a 12:00 m. y de 1:30 p. m. a 5:15 p. m.; y los viernes de 7:30 a. m. a 12:00 m. y de 1:30 p. m. a 4:00 p. m.
Dirección: Calle 42B Número 52- 106 Centro Administrativo Departamental "José María Córdova" - La Alpujarra.
Datos Generales del Departamento: Antioquia Línea de Atención a la ciudadanía:01 8000 4 19000- +574 409 9000
solicitudes de información al correo: gestiondocumental@antioquia.gov.co | Correo notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@antioquia.gov.co
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