Para: Gobernadores, Alcaldes, Direcciones Territoriales de Salud, Empresas Administradoras de Planes de Beneficio, Entidades Responsables de Regímenes Especiales y de Excepción, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, Instituto Nacional de Salud (INS), Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Aeronáutica Civil, Superintendencia de Puertos y Transporte, Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y Centros Reguladores de Urgencias y Emergencias.
De: Ministro de la Protección Social.
Asunto: Información y directrices sobre el brote de Escherichia coli O104H4.