El personal de salud que haga uso del Emblema deberá ajustarse a los principios de la ética profesional y sólo podrá utilizarlo para desplegar acciones propias de la Misión Médica. El Ministerio de Salud y Protección Social y las Secretarías de Salud Departamentales, Distritales y Locales velarán por el buen uso del Emblema.
En caso de uso indebido del emblema, el Ministerio de Salud y Protección Social y las Secretarías Departamentales, Distritales y Locales de Salud deberán solicitar las investigaciones pertinentes.
El uso indebido del Emblema acarreará las sanciones legales a que haya lugar.
La omisión o negligencia en la solicitud de las mencionadas investigaciones constituirían faltas graves, conforme a lo establecido en el Código Disciplinario Único. (Ley 734 de 2002).