El Emblema se autoriza para su uso en el personal sanitario, las instituciones prestadoras de servicios de salud y en los medios de transporte requeridos para realizar actividades sanitarias.
Agregar la Ruta descrita a continuación:
RUTA PARA LA AUTORIZACIÓN DEL USO DEL EMBLEMA DE MISION MÉDICA
Para la autorización de instituciones (personas jurídicas), las Secretarías Departamentales, Distritales o Seccionales de Salud, según corresponda, deberán expedir un acto administrativo, certificando la autorización, para lo cual, los interesados previamente deberán allegar el Formato de Solicitud de Autorización de Uso del Emblema debidamente diligenciado, conforme al formato e instructivo de diligenciamiento contenido en el presente Manual.
La autorización de personal de salud destinado exclusivamente a la prestación de servicios de salud en situaciones o zonas de conflictos armados, otras situaciones de violencia, desastres naturales y otras calamidades, será concedida por las respectiva Secretaría de Salud del nivel departamental, distrital o local o la persona jurídica autorizada en el párrafo anterior con la que tenga vinculo de trabajo.
Dicha autorización se materializa con la expedición de una tarjeta de identificación personal, para lo cual, se debe diligenciar el Formato de Tarjeta de Identidad contenido en el presente Manual y presentarlo ante la respectiva secretaría de salud.