Mejor sin Mercurio

Para el cuidado de su salud y el ambiente; realice una producción minera limpia, Sin MERCURIO.
 



Para el cuidado de su salud y el ambiente; realice una producción minera limpia, Sin MERCURIO.

https://youtu.be/rt1wcgulcJQ


EFECTOS DEL MERCURIO
Una campaña de la Gobernación de Antioquia

http://mejorsinmercurio.com/efectos-del-mercurio/

PROTOCOLO REGISTRO ÚNICO NACIONAL DE IMPORTADORES Y COMERCIALIZADORES AUTORIZADOS – RUNIC

Requisitos y procedimiento para el registro Único Nacional de Importadores y Comercializadores Autorizados – RUNIC: está prohibida la importación y comercialización de Mercurio clasificada por la subpartida arancelaria 2805.40.00.00 del Arancel de Aduana y de los productos del que trate el artículo 1 del decreto 2133 del 2016 por parte de todas las personas naturales o jurídicas del Departamento de Antioquia que no cuenten con el RUNIC vigente.

El mecanismo para acceder a la información sobre los importadores y comercializadores de Mercurio presentes en el Departamento de Antioquia según el RUNIC y con ella hará seguimiento al cumplimiento de la ley 1658 del 2013, por medio de la cual se establece disposiciones para la comercialización y el uso de Mercurio en las diferentes actividades industriales del país, se fijan requisitos e incentivos para su reducción y eliminación y se dictan otras disposiciones.

Registro de usuario de MERCURIO – RUM

El registro de usuarios de mercurio es la herramienta de captura de información establecida en la resolución 565 de 2016 “Por la cual se establecen requisitos y procedimientos para el registro de usuarios de mercurio -RUM del sector minero”, expedida por el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible MADS. Esta herramienta contribuirá a mejorar el conocimiento de la problemática asociada a este tipo de residuos, la planificación de su gestión y el establecimiento de prioridades para la definición de acciones que contribuyan con la solución de esta problemática.


La ley1658 de 2013 señala en el artículo 4º la obligación de reglamentar el Registro de Usuarios de Mercurio por parte de MADS, bajo el SIA administrado por el IDEAM, de manera gradual, comenzando por el sector minero del país.

Objetivo. Contar con información normalizada, homogénea y sistemática sobre el uso de mercurio por las diferentes actividades productivas y sectoriales del país.

Acceso. Una vez el usuario adelante el proceso de inscripción ante la autoridad ambiental, está le remitirá un número de registro para ingresar al aplicativo y realizar su diligenciamiento.

Para que los Usuarios de Mercurio realicen el diligenciamiento y actualización de la información de manera real, ingrese a la página web de la autoridad ambiental (CORNARE, CORPOURABA y CORANTIOQUIA) frente a la cual adelantó el proceso de inscripción en el registro.

También podrá acceder a través del siguiente link:

http://www.ideam.gov.co/web/contaminacion-y-calidad-ambiental/registro-de-usuarios-de-mercurio


NORMATIVIDAD

LEY 99 DE 1993: Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental –SINA y se dictan otras disposiciones

DECRETO NÚMERO 1600 DE 1994. Por el cual se reglamenta parcialmente el Sistema Nacional Ambiental (SINA) en relación con los Sistemas Nacionales de Investigación Ambiental y de Información Ambiental.

RESOLUCIÓN 0941 DE 2009 por la cual se crea el subsistema de información sobre uso de los recursos naturales renovables – SIUR y se adopta el Registro Único Ambiental RUA

LEY 1658 DE 2013: señala en el artículo 4 o la obligación de reglamentar el Registro de Usuarios de Mercurio por parte del MADS, bajo el SIA administrado por el IDEAM, de manera gradual, comenzando por el sector minero del país.

RESOLUCIÓN 565 DE 2016: Por el cual se establecen y procedimientos para el registro de usuarios de mercurio-RUM del sector minero.

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Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva

En actualización: pedimos disculpas por las molestias ocasionadas

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