IVC de la gestión interna de residuos generados en la atención en salud y otras actividades



En la actualidad los establecimientos donde se generan residuos producto de la atención en salud y otras actividades ubicadas en los municipios categoría 1,2 y 3 (Girardota, Copacabana, Girardota, Bello, Envigado, La Estrella, Caldas, Sabaneta, Itagüí, Guarne, El Carmen de Viboral, Rionegro y Apartado) tramitarán sólo a nivel Municipal lo correspondiente a la gestión interna de los residuos generados y no volverán a entregar a la Secretaria Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia documentación concerniente a dicho tema, tal como: Formulario RH1, Informes, Evaluaciones, Soportes Técnicos, etc.

Ámbito de aplicación: Las disposiciones establecidas en el Decreto 780 de 2016 aplican a las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que generen, identifiquen, separen, empaquen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen, traten o dispongan finalmente los residuos generados en desarrollo de las actividades relacionadas con: 

  • Los servicios de atención en salud, como actividades de la práctica médica, práctica odontológica, apoyo diagnóstico, apoyo terapéutico y otras actividades relacionadas con la salud humana, incluidas las farmacias y farmacias-droguerías. 
  • Bancos de sangre, tejidos y semen. 
  • Centros de docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres.
  • Bioterios y laboratorios de biotecnología. 
  • Los servicios de tanatopraxia, morgues, necropsias, y exhumaciones. 
  • El servicio de lavado de ropa hospitalaria o de esterilización de material quirúrgico. 
  • Plantas de beneficio animal (mataderos) cuya competencia es del INVIMA directamente.
  • Los servicios veterinarias entre los que se incluyen: consultorios, clínicas, laboratorios, centros de zoonosis y zoológicos, tiendas de mascotas, droguerías veterinarias y peluquerías veterinarias.
  • Establecimientos destinados al trabajo sexual y otras actividades ligadas. 
  • Servicios de estética y cosmetología cuentos ornamentales como: barberías, peluquerías, escuelas de formación en cosmetología, estilistas y manicuristas, salas de belleza y afines.
  • Centros en los que se presten servicios de piercing, pigmentación o tatuajes.



GUÍA PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS HOSPITALARIOS Y SIMILARES
 
  • Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares para Pequeños Generadores. | Decargar Documento
  • Instituciones y / o entidades que realicen actividades de docencia o investigación con organismos vivos y / o cadáveres y bioterios. | Decargar Documento
  • Servicios farmacéuticos, establecimientos farmacéuticos o que comercialicen productos farmacéuticos. | Decargar Documento
  • Establecimientos que ofrecen servicios referidos a la prostitución y actividades afines. | Decargar Documento



DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO RH1     

Para dar cumplimiento a lo estipulado en la Resolución 1164 del 6 de Septiembre de 2002.
Los Establecimientos que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del decreto 780 de 2016 deben presentar de manera semestral el FORMULARIO RH1 a la autoridad ambiental y sanitaria competentes.

Instructivo para el diligenciamiento del formulario Rh1.
Marco Normativo:

  • Decreto 351 de 19 febrero de 2014. Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos generados en la atención en salud y otras actividades – Decreto 780 de 2016 (Titulo 10) Decreto único reglamentario sector salud.

Deroga: Decreto 2776 de 2000, Decreto 2763 de 2001, Decreto 1669 de 2002, Decreto 4126 de 2005.

Resolución

    • Resolución 1164 de 2002. Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de los residuos hospitalarios y similares
    • Resolución 0482 de 2009. Por la cual se reglamenta el manejo de bolsas o recipientes que  han contenido soluciones para uso intravenoso, intraperitoneal y en hemodiálisis, generados como residuos en las actividades de atención de salud, susceptibles de ser aprovechados o reciclados.
    • Resolución 2184 de 2019. Por la cual se modifica la resolución 668 de 2016 sobre uso racional de bolsas plásticas y se adoptan otras disposiciones.
    • Resolución 1344 de 2020.  Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo 4 de la Resolución 2184 de 2019 y se dictan  otras disposiciones
  •  Resolución 0371 de 2009. Por la cual se establecen los elementos que deben ser considerados en los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Fármacos o Medicamentos Vencidos”.

 

Leyes
 
  • Ley 9 del 24 enero 1979. | Decargar Documento
 
 Circulares
  • Circular 047 de 2006. Procedimiento de elaboración del plan de gestión integral de residuos hospitalarios y similares por parte de los profesionales independientes de salud
  • Circular N° 201500001057 del 6 de Julio de 2015. Gestión Integral Desechos Hospitalarios paciente en residencia sometido a Diálisis Intraperitoneal | Descargar Documento
  • Circular 311 (20 Octubre de 2008). | Decargar Documento
  • Circular 282 (17 de Septiembre 2008). | Decargar Documento
  • Circular 0109 (Junio 14 de 2005). | Decargar Documento
  • Circular 0208 (6 Septiembre de 2004). | Decargar Documento
  • Circular 000191 (4 mayo de 2012)|   Descargar Documento
  • Circular N ° 2016090000065 del 22/01/2016. Sobre «Morgue- Plan de Desarrollo Municipal 2016-2019» |   Descargar Documento
  • Circular K 2016090000248 del 14 Marzo 2016, Gestión Integral desechos hospitalarios generados en procedimientos por fuera de las instalaciones del prestador del servicio de salud  | Descargar Documento
  • Circular N ° 2020090000080 del 10/02/2020: Inclusión de la Morgue en el Plan de desarrollo del Municipio. Período 2020 – 2023. Descargar Documento

Invitación Curso – Implementación e interpretación de resultados del control biológico cuantitativo en el tratamiento de residuos peligrosos con riesgo biológico o infeccioso en las entidades que prestan servicios de atención en salud Descargar Documento

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